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En su caso debería de acudir al asesoramiento presencial de un/a abogado/a matrimonialista de su ciudad. ¿Por qué?, porque debe de explorar las posibilidades que tiene de cara a solicitar una pensión compensatoria así como -sobre todo- la posibilidad de solicitar la atribución del uso y disfrute del domicilio conyugal. El hecho de que la vivienda sea propiedad de uno de los cónyuges no es óbice para que el Juez adopte la medida de atribuir su uso y disfrute al otro, siempre y cuando -ante la ausencia de hijos- su situación económica sea más débil que la del cónyuge propietario y, naturalmente, no le permita acceder fácilmente a otra vivienda.
>Hola estoy casado hace 4 años, y mi mujer ya tenia la casa antes de casar, no tenemos hijos ni separacion de bienes. > >Ella quiere que yo pida el divorcio. > >Que hago, estoy en el paro y sin condiciones de ir de casa nel momento. > >Como afronto todo eso, pido el divorcio o espero que pida ella? > >¿Como atuar?
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