No, ante un divorcio se adjudica el uso y disfruete del domicilio al cónyuge que se queda a cargo de los hijos. De no existir hijos o ser éstos mayores de edad o independientes económicamente, se adjudicará al cónyuge más necesitado
>Hola, > >mi madre está separada y se ha hecho cargo durante más de 10 años de un hijo con una minusvalía sin recibir prestación económica a cambio. Mi padre, tiene un piso a su nombre y cobra el 60 5438312e la pensión (el otro 40Successi madre y en un principio eramos 3 sin trabajo a su cargo).Ahora mi padre quiere el divorcio ¿puede echar a mi madre y a mi hermano a la calle? Es decir, ¿puede obligar a mi madre a venderle su parte? Mi madre tiene 68 años y no tiene recursos económicos a parte de la pensión de mi padre.