No tiene nada que ver tu divorcio o separación con las fotografías. No deberían de influir para nada en el proceso y además en el remoto caso de que se propusiesen como prueba, sería prueba improcedente ya que no aporta nada a la solución del caso. los parámetros para la fijación de la pensión compensatoria están establecidos en el código civil y la vida íntima o personal de cada miembro de la pareja no influye para determinar ni su procedencia ni la cantidad.
Además, si no se le reconoce -tal como dice- nada tendría que temer . Bastaría con negar las mismas.